Le aprobaron otra Ordenanza a la Concejal Romero, esta vez tiene que ver con el envenenamiento de perros

REGISTRO DE VENTA ÚNICO PARA LOS PRODUCTOS CONSIDERADOS DE ALTA TOXICIDAD

Andrea Romero

Andrea Romero

En la última sesión del Concejo deliberante, se Sanciono la Ordenanza N° 7341, la que establece nuevos requisitos para la venta de los productos denominados agroquímicos como así también los lugares donde se podrán adquirir. La iniciativa presentada por las Concejales Andrea Romero y Verónica Favarón, tiene por objetivo establecer un mecanismo de control en las ventas de los productos que son considerados de alta toxicidad; como así también establecer cuales son los comercios que están habilitados para su venta, entre ellos sólo se podrán adquirir en las veterinarias, viveros, agropecuarias y en los comercios habilitados para la venta de productos químicos y agroquímicos, quienes deberán confeccionar un registro de venta único para los productos y se debe contemplar toda la información del comprador tales como, nombre y apellido, domicilio, DNI, y deben especificar cual es el uso que se le da al producto. La normativa también contempla la prohibición de la venta de éstos productos a los menores de 21 años y a quienes no posean documento de identidad. La normativa, fue elaborada a partir de la preocupación de muchos vecinos ante la aparición de perros envenenados; muchos productos que se utilizan para fines de envenenamientos son de venta libre al público y hasta el momento no existía una herramienta que permita conocer o identificar quienes son los que adquieren éstos productos; Dijo Andrea Romero. De ésta manera y con la nueva normativa, la autoridad de aplicación tendrá la posibilidad de acceder a mayor información que deben recabar los comerciante sobre los agroquímicos que se expenden. Los agroquímicos y químicos son de un alto contenido venenoso para los seres vivos, que hace daño al ser ingerido, y, también puede ingresar a través de los poros de la piel llegando de manera rápida al torrente sanguíneo.

ATECEDENTES DE NORMATIVAS

Nuestra ciudad adhirió mediante la Ordenanza N° 1.345, al Decreto Nacional Nº 2.121 y Resolución Nacional 10/91 de la Subsecretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, que limita el uso de agroquímicos; creándose en la misma un registro municipal de agroquímicos y de los comercios que lo expendan, no contemplándose así un registro de venta la que incluya los datos de quienes los compran, DNI y que producto se adquirió. Asimismo y mediante la Ordenanza N° 5871 la Municipalidad de Puerto Madryn adhirió a la Ley Provincial sobre Biocidas y Agroquímicos. Esta nueva normativa sancionada en la última sesión del Concejo Deliberante, es una nueva herramienta para el departamento Ejecutivo, para que a través de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente, tenga mayor control sobre la venta de los productos de alta toxicidad, además permitirá colaborar con la autoridad de aplicación de la Provincial, establecido en la Ley Provincial N° XI Nº 16, antes Ley N° 4073.

REGISTRO DE VENTA ÚNICO PARA LOS PRODUCTOS CONSIDERADOS DE ALTA TOXICIDAD