CONIENTIZAR PARA PREVENIR LA VIOLENCIA FAMILIAR

La Concejal Andrea Romero (PJ), presento  proyecto para crear un programa municipal denominado “Concientizar para Prevenir la violencia contra la mujer” y tiene por objetivo concientizar sobre la necesidad de reconocer que la violencia contra la mujer es un problema de todos; además se busca que se divulguen los derechos de la mujer y divulgar las distintas declaraciones y convenciones internacionales, leyes nacionales, provinciales y ordenanzas municipales relacionadas con la violencia de género. La propuesta fue elaborado por la Concejal en conjunto con los mujeres militantes del grupo  político Chubut Para Todos; y proponen que este programa sea implementado durante la semana en que se conmemora del Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer, independientemente de que se puede desarrollar durante todo el año. La violencia es la presión psíquica de la fuerza ejercida contra una persona con el propósito de obtener fines contra su voluntad; la violencia sobre la mujer tiene un profundo efecto, en muchos casos pueden comenzar desde el nacimiento, afectando a lo largo de su vida y la forma mas común que afecta a las mujeres es la violencia en la familia; de acuerdo a estadísticas e investigaciones se demuestra que una mujer tiene mayor probabilidad de ser lastimada, violada o asesinada por su pareja o ex pareja. Por lo tanto debe ser el Estado quien implemente acciones que tiendan evitar la violencia contra las mujeres y niñas, por lo que resulta importante y necesario promover políticas públicas en resguardo de los derechos.

  TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO

  PROYECTO DE ORDENANZA.  “Violencia Familiar”.

 La Carta Orgánica Municipal establece que el Estado Municipal promueve programas para prevenir la violencia familiar y asistir a sus víctimas. La violencia es la presión psíquica de la fuerza ejercida contra una persona con el propósito de obtener fines contra su voluntad; la violencia sobre la mujer tiene un profundo efecto, en muchos casos pueden comenzar desde el nacimiento, afectando a lo largo de su vida. La forma mas común que afecta a las mujeres es la violencia en la familia; de acuerdo a estadísticas e investigaciones se demuestra que una mujer tiene mayor probabilidad de ser lastimada, violada o asesinada por su pareja o ex pareja. Las acciones violentas contra la mujer comprenden a todos los sectores de la comunidad, sin importar grupo étnico, cultura, nivel de educación, edad o clase; se ven vulnerados sus derechos individuales y en muchos casos son destructivos e irremediables para su desarrollo y para la salud de las mujeres. Esa violencia ejercida contra las mujeres constituyen una violación de los derechos humanos y libertades que les impide su goce y ejercicio a la mujer; derechos establecidos en la carta magna. En la década del ochenta comenzó a estudiarse esta problemática, esto sucedió ya que algunas mujeres se animaron a denunciar las violencias que soportaban por parte de sus parejas; y gracias a los distintos movimientos sociales y políticos que comenzaron a respaldar a las mujeres damnificadas. Como consecuencia de la lucha encabezada por mujeres y los movimientos sociales y políticos se logro que esas violencias se reconozcan como un problema de índole pública. Desde el estado se deben implementar actividades, acciones que tiendan evitar la violencia contra las mujeres y niñas, por lo que resulta importante y necesario promover políticas públicas en resguardo de los derechos.

 POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Articulo N° 1: Créase el programa municipal denominado “Concientizar para Prevenir la violencia contra la mujer”, a implementarse durante la semana en que se conmemora del Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer.

 Articulo N° 2: Serán objetivos del programa: Concientizar sobre la necesidad de reconocer que la violencia contra la mujer es un problema de todos; Divulgar los derechos de la mujer y Divulgar las distintas declaraciones y convenciones internacionales, leyes nacionales, provinciales y ordenanzas municipales relacionadas con la violencia de género.

 Artículo Nº 3: La autoridad de aplicación será la Secretará de Acción Social, quien realizará campañas de difusión, y distintas actividades relacionadas a la prevención de la violencia contra la mujer, debiendo difundir los derechos de la mujer y realizar convenios con otros organismos del Estado.

 Artículo Nº 4: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentara la presente Ordenanza en un plazo no mayor a treinta (30) dias.

 Artículo N° 5: De forma.