NUEVO CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA PARQUES INDUSTRIALES

Presentaron un Proyecto de Ordenanza acerca de “Administración y Fomento de Parques Industriales”, esta propuesta plantea la necesidad de dirigir esa estructura Administrativa, la que contemplaría la formación de un “Consejo de Administración de Parques Industriales”. Este consejo estaría a cargo de la tarea administrativa, financiera, organizativa, de infraestructura de servicios, comunicaciones, fomento, promoción y demás actividades que se consideren necesarias; también podría realizar gestiones para la radicación de nuevas industrias indico la Concejal Andrea Romero.  La Concejal cree necesario contar con una estructura participativa en la que puedan actuar industria y gobierno, para fomentar la radicación y desarrollo industrial en Chubut. El fomento seria tanto de servicios de infraestructura como de política de promoción y desarrollo agroganaderos, laneros, pesqueros, mineros, energéticos, metal mecánicos y otros. La iniciativa legislativa se fundamenta en que existen necesidades y dificultades comunes, que tienen las empresas generadoras de trabajo y economía requieren respuestas rápidas y adecuadas. Además se crea el “Fondo de Fomento Industrial”, a cargo de la “Dirección General de Parques Industriales”; y Se faculta al “Consejo de Administración de Parques Industriales” a establecer excepciones o plazos de gracia en el pago de la tasa o canon correspondiente, a las nuevas empresas interesadas en radicarse en nuestra Ciudad. Así mismo el Consejo podrá gestionar ante los organismos provinciales o municipales la exención o disminución del pago de impuestos, que graven la actividad a desarrollar, finalizo Romero.

TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO

 

CONCEJO DELIBERANTE DE PUERTO MADRYN

BLOQUE DE CONCEJALES JUSTICIALISTAS

 

 

“2011, Año del Trabajo decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores”

Puerto Madryn, 18 de noviembre de 2011.

PROYECTO DE ORDENANZA

ADMINISTRACION Y FOMENTO DE PARQUES INDUSTRIALES

FUNDAMENTOS:

Las necesidades y dificultades comunes, que tienen las empresas generadoras de trabajo y economía requieren respuestas rápidas y adecuadas. La ADMINISTRACION, FOMENTO y creación de nuevos Parques industriales, agro ganaderos, lanero, pesqueros, mineros, energéticos, metal mecánicos y la reorganización de los actuales, permitirá contar con una estructura organizativa, con criterios y condiciones favorables para su desarrollo. Es necesario contar con una estructura participativa en la que puedan actuar industria y gobierno, para fomentar la radicación y posterior desarrollo, de nuevas industrias en toda la provincia. El fomento será tanto de servicios de infraestructura, como de política de promoción y desarrollo agroganaderos, forestales, lanero, pesqueros, mineros, petroleros, energéticos,  metal mecánicos y otros. Contar con una estructura unificada, determinará la información de la especialización de cada uno de ellos en diferentes rubros y actividades, tratando de cubrir todos los aspectos de la industria. Las nuevas industrias permitirán la radicación de capitales y por lo tanto mayores ingresos al fisco provincial, mayores exportaciones, mayor ingreso de divisas al país. La promoción de los parques en el país y en el exterior, permitirá hacer conocer las ventajas comparativas de nuestros Parques Industriales, tanto en el valor de la tierra, energía, agua, saneamiento, comunicaciones, como la posibilidad de contar con eficientes puertos, aeropuertos, transportes terrestres y personal técnico- profesional. La demanda de servicios a otras empresas generara más trabajo especializados para profesionales, técnicos y obreros.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO Nº 1: Créase la “Dirección General de Parques Industriales” (D.G.P.I.), cuya función será el ordenamiento, coordinación, fiscalización, fomento, promoción en el país y en el exterior, de los Parques Industriales de la Municipalidad de Puerto Madryn.

ARTÍCULO Nº 2: Los Parques Industriales cuya administración de tierras, corresponda a la Municipalidad de Puerto Madryn deberán contar con una estructura administrativa, que contemplará la creación de un “Consejo de Administración de Parques Industriales”, integrados por un (1) representante de la Provincia, uno (1) del Municipio, uno (1) de la Cámara de Industria y Comercio y uno (1) por Consorcio de empresas radicadas en cada Parque Industrial del municipio. Tendrá organización de Ente Público No Gubernamental.

ARTÍCULO Nº 3: El Presidente del “Consejo de Administración” será el representante del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Puerto Madryn, y el Secretario será el representante designado por el o los Consorcios de empresas; Todos los integrantes del Consejo serán rentados. El Consejo de Administración Tendrá su propia estructura funcional y partida presupuestaria.

ARTÍCULO Nº 4: El “Consejo de Administración de Parques Industriales” tendrá a cargo el manejo administrativo, financiero, organizativo, infraestructura de servicios, comunicaciones, fomento, promoción y demás actividades que se consideren necesarias. El “Consejo de Administración de Parques Industriales” deberá elaborar su propio Estatuto, reglamentando su estructura y funcionamiento.

ARTÍCULO Nº 5: El “Consejo de Administración de Parques Industriales” podrá realizar gestiones para la radicación de nuevas industrias, para lo cual celebrará convenios sobre la disposición de tierras y provisión de servicios con los organismos correspondientes. Además, podrá realizar las gestiones necesarias para la mejora y/o expansión de los servicios necesarios como energía, accesos, tratamiento de residuos, entre otros.

ARTÍCULO Nº 6: Créase el “Fondo de Fomento Industrial”, a cargo de la “Dirección General de Parques Industriales”, que procederá de las arcas municipales, este deberá reglamentarse en un plazo de ciento veinte (120) días por la autoridad de aplicación, destinado a infraestructura de servicios, fomento y promoción de los Parques Industriales de nuestra Ciudad. 

ARTÍCULO Nº 7: Se faculta al “Consejo de Administración de Parques Industriales” a establecer excepciones o plazos de gracia en el pago de la tasa o canon correspondiente, a las nuevas empresas interesadas en radicarse en nuestra Ciudad. Así mismo el Consejo podrá gestionar ante los organismos provinciales o municipales la exención o disminución del pago de impuestos, que graven la actividad a desarrollar.

ARTICULO Nº 8: El “Consejo de Administración de Parques Industriales” deberá anualmente presentar las memorias y los balances y luego de ser aprobado por sus integrantes, lo presentaran al Departamento Ejecutivo Municipal para su revisión.

ARTICULO Nº 9: Reglaméntese la presente Ordenanza en un plazo no mayor a sesenta (60) días de su promulgación; el D.E.M. deberá destinar una partida presupuestaria para su funcionamiento.

ARTÍCULO Nº 10: De forma.