ELABORAN PROGRAMA: “EDUCAR PARA CONDUCIR”

Mediante otro proyecto de ley, Karamarko propicia que “En la Provincia del Chubut para obtener por primera vez la autorización para conducir vehículos será obligatorio realizar satisfactoriamente el Curso de Manejo Defensivo que diseñará y pondrá en práctica el Ministerio de Educación”, estableciendo que dicho Ministerio “deberá crear e impulsar el programa de capacitación denominado “Educar para Conducir”, destinado a brindar conocimientos a las personas que soliciten por primera vez autorización para conducir vehículos”. Se establece que “el Ministerio de Educación deberá implementar el Curso de Manejo Defensivo destinado a la capacitación de los alumnos que cursen el ùltimo año de la Escuela Secundaria dentro del programa “Educar para Conducir”, y que dicho Ministerio, las Municipalidades y Comunas Rurales convendrán y dispondrán “las medidas pertinentes para impulsar el Curso de Manejo Defensivo destinado a la capacitación de las personas que requieran por primera vez autorización para conducir vehículos y no estén contempladas en el marco de lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley”. Se prevé que “el Ministerio de Educación reconocerá a las personas que realicen satisfactoriamente el Curso de Manejo Defensivo certificando su cumplimiento” y ese certificado ministerial será “requisito esencial para obtener por primera vez la licencia de conducir”. En el proyecto se invita a las Municipalidades reguladas por respectivas Cartas Orgánicas a adherir al sentido y alcances de esta iniciativa provincial, disponiendo de partidas presupuestarias específicas a tales fines de capacitación el Ministerio de Educación del Chubut. Karamarko fundamentò que “el tránsito vehicular se ha transformado en una de las principales causas de muerte de seres humanos, y en esa inteligencia y teniendo presente las normas constitucionales, es imperativo instrumentar medidas para cambiar el hábito de conducir y la mejor forma de hacerlo es mediante la educación”. Citó el Art. 122º de la Constitución del Chubut que establece taxativamente que el Estado provee a la seguridad pùblica y tales previsiones tienen una “mirada integral”, y el Art. 112º de la Carta Magna Provincial dispone que el Estado garantiza, por medio de los organismos que la ley establece, el derecho a la educación y a la participación de los bienes de la cultura, y el Art. 114º dispone que “la educación tienda, con carácter permanente, a la formación integral de la persona”. “Creemos que ha llegado la hora de preparar el potencial conductor de un vehículo mediante la educación y que sus pautas y programas deben ser elaborados y enseñados a través del Ministerio de Educación. “Educar para Conducir” deberá ser el estandarte que habrá de guiarnos para lograr que el tránsito vehicular se desarrolle humanamente, con responsabilidad y respeto hacia los demás. Todos somos peatones y buen parte conductores de vehículos, en esta cruzada educativa es indispensable educar al peatón, enseñar a transitar la vía pública”, precisó el legislador. “El Manejo Defensivo constituye el conjunto de técnicas de conducción orientadas a prevenir accidentes de  tránsito o disminuir sus consecuencias. Los accidentes son evitables en un 99% de los casos. De acuerdo a las estadísticas, alrededor de un 90% se producen por errores humanos, un 7% por fallas mecánicas y el 3% restante por causas externas (estado de rutas y caminos, señalizaciones deficientes, factores climáticos, etc.). El Manejo Defensivo se basa en la premisa por la que conducir un vehículo es una actividad de tiempo completo que no admite distracciones”, consignó Karamarko. “Se requiere responsabilidad del conductor, analizando en cada oportunidad si sus capacidades están en condiciones, con horas de descanso suficientes, no ingerir sustancias tóxicas que alteren los reflejos con la finalidad de no poner en riesgo la propia vida, la de sus familiares y terceros eventuales”, destacó de modo ilustrativo.-