INTERÉS DEL CONCEJO DELIBERANTE LA “INVESTIGACIÓN Y PRODUCCIÓN PÚBLICA DE MEDICAMENTOS

En la última Sesión del Concejo Deliberante, se aprobó un proyecto declarando de interés del Concejo Deliberante la “investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos”. La iniciativa fue presentada por Andrea Romero y elaborada conjuntamente por el grupo de trabajo que Conduce Carlos Pascuariello, y recibió el acompañamiento del resto de los concejales.

Además se solicitó a la Legislatura de la Provincia del Chubut se adhiera a la Ley Nacional para que en nuestra provincia también se promueva la implementación de los laboratorios públicos. La Ley Sancionada por el Congreso de la Nación tiene por objetivo facilitar la accesibilidad de medicamentos, vacunas y productos médicos como así también propiciar el desarrollo científico y tecnológico a través de laboratorios de producción pública; se establece un registro de laboratorios de producción pública entre otros. Con esta nueva Ley que tiene como eje central la accesibilidad, se estima que los costos de los medicamentos se abaraten; se mejorara la utilización de los recursos disponibles en los ámbitos institucionales evitando la superposición de producción. Asimismo se promueve la compra centralizadas de insumos, la investigación y docencia, formando y capacitando a las personas y se promueve la investigación, producción y desarrollo de principios activos vegetales y fitomedicamentos, priorizando las especies autóctonas de nuestro país.

 

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TEXTO DEL PROYECTO

PROYECTO DE DECLARACION

VISTO

La Ley expediente Nº 3/11 que declara de interés Nacional la “investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para su producción, vacunas y productos médicos”, y,

CONSIDERANDO

Que la Ley tiene como objetivo fundamental la accesibilidad de medicamentos, vacunas y productos médicos y propiciar el desarrollo científico y tecnológico a través de laboratorios de producción pública, y en su Articulo Nº 5 Instituye un régimen de producción pública de medicamentos, materias primas, vacunas y productos médicos. Que establece el registro de laboratorios de producción pública; La producción de medicamentos esenciales que propone la O.M.S.; Define prioridades de producción; Promueve la provisión de medicamentos, vacunas y productos médicos que demande el primer nivel de atención; Se articula con instituciones académicas y científicas y organizaciones de trabajadores y usuarios; Mejora la utilización de los recursos disponibles en cada ámbito institucional, evitando la superposición de producción; Promueve compras centralizadas de insumos, la investigación y docencia, así como la formación y capacitación de recursos humanos y promueve la investigación, producción y desarrollo de principios activos vegetales y fitomedicamentos, priorizando las especies autóctonas del país. Que  el Ministerio de Salud promoverá acuerdos para: establecer criterios y prioridades en la asignación de los recursos presupuestarios a efectos de: Delinear y desarrollar las bases operativas; Establecer un procedimiento operativo que permita una eficaz distribución de los medicamentos, vacunas y productos médicos habilitados para el tránsito interjurisdiccional; Implementar el Registro de Laboratorios de Producción Pública; Establecer los lineamientos tendientes a asegurar la calidad, accesibilidad y trazabilidad de los medicamentos, vacunas y productos médicos; Promover mecanismos tendientes a otorgar preferencias en la adquisición de los medicamentos, vacunas y productos médicos de los laboratorios de producción pública por parte del Estado nacional, provincial y municipal; Elaborar informes y publicarlos en los medios de difusión. Que los laboratorios de producción pública pueden celebrar convenios con universidades u otras entidades estatales pertinentes para realizar el control de calidad de los medicamentos y la ANMAT debe exigir a los laboratorios de producción pública el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación y control. Que la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para su producción, vacunas y productos médicos es una política de estado del actual gobierno, por lo que se solicito declaración y adhesión por parte de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut

 

  POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN

DISPONE LA SIGUIENTE

DECLARACION

Articulo Nº 1: Declarar de interés del Concejo Deliberante, la sanción de la Ley de “investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos”.

Articulo Nº 2: Solicítese la adhesión a la Ley de “investigación y producción pública de medicamentos, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.

Articulo Nº 3: De Forma.