Los Convencionales Constituyentes Municipales Pamela Idiarte y Carlos Pascuariello (h) con el SEYOM

BUSCAN MEJORAR CONDICIONES LABORALES DE EMPLEADOS MUNICIPALES

Convencionales, Concejales con Sindicato Municipal1Los Convencionales Constituyentes Municipales (PJ) Pamela Idiarte y Carlos Pascuariello (h), se reunieron con Mirta Martínez y Silvia Fanego representantes ellos del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (SEYOM), en el que se abordaron diversos temas referentes a la situación de los trabajadores municipales. Los Convencionales Constituyentes, pertenecientes a la Agrupación política Chubut Para Todos que conduce Carlos Pascuariello, elaboraron un proyecto de Reforma en que se prevé incorporar el Derecho al Convenio Colectivo de Trabajo para los trabajadores municipales. La iniciativa fue presentada ante los dirigentes del SEYOM.

El convenio colectivo constituye un acuerdo normativo con fuerza de ley, conocido entre uno o mas sindicatos, como así también entre uno o varios empleadores; en cual se definen aspectos en la relación laboral tales como jornada de trabajo, salarios, descansos, licencias, condiciones de trabajo, capacitación laboral, régimen de despidos, entre otras consideraciones. En nuestro país el derecho a la negociación colectiva de trabajo, posee un tardío  reconocimiento dentro de las relaciones (vínculos) de trabajo, aunque los derechos de los trabajadores fueron reconocidos en la Constitución de 1949, entre los que se encuentran el derecho de agremiarse libremente y de participar en otras actividades licitas que le permitan defender los intereses profesionales. Por ello “se pretende sustituir el artículo Nº 180 de la carta orgánica, estableciendo que el régimen laboral de sus trabajadores debe negociarse por medio de un convenio colectivo, reconociendo el derecho fundamental de los empleadores y obreros municipales. Por otro lado, se exige el cumplimiento justo en la integración de personas con capacidades diferentes que ingresen a la administración en tareas acordes a su aptitud, según la legislación vigente”, Informó la Convencional Constituyente Pamela Idiarte. “De acuerdo a este proceso de Reforma de la Carta Orgánica Municipal, y su posterior puesta en vigencia, hace necesario contemplar un nuevo ordenamiento jurídico que permita contar con una carta magna que contemple figuras y resortes actualmente indispensables, resulta necesario incluir dentro de la norma fundamental el reconocimiento del derecho al Convenio Colectivo de Trabajo por parte de los empleados municipales como un ejercicio fundamental, voluntario, indelegable y vinculante”, resaltaron la necesidad de contar con un proyecto “consensuado con los trabajadores y sus organizaciones fundamentales”. También, se abordaron temas referentes a la adhesión automática de recomposición salarial de los trabajadores, la periodicidad  de las reuniones de la Junta Evaluadora, entre otros temas.

s (SEYOM), en el que se abordaron diversos temas referentes a la situación de los trabajadores municipales. Los Convencionales Constituyentes, pertenecientes a la Agrupación política Chubut Para Todos que conduce Carlos Pascuariello, elaboraron un proyecto de Reforma en que se prevé incorporar el Derecho al Convenio Colectivo de Trabajo para los trabajadores municipales. La iniciativa fue presentada ante los dirigentes del SEYOM.

El convenio colectivo constituye un acuerdo normativo con fuerza de ley, conocido entre uno o mas sindicatos, como así también entre uno o varios empleadores; en cual se definen aspectos en la relación laboral tales como jornada de trabajo, salarios, descansos, licencias, condiciones de trabajo, capacitación laboral, régimen de despidos, entre otras consideraciones. En nuestro país el derecho a la negociación colectiva de trabajo, posee un tardío  reconocimiento dentro de las relaciones (vínculos) de trabajo, aunque los derechos de los trabajadores fueron reconocidos en la Constitución de 1949, entre los que se encuentran el derecho de agremiarse libremente y de participar en otras actividades licitas que le permitan defender los intereses profesionales. Por ello “se pretende sustituir el artículo Nº 180 de la carta orgánica, estableciendo que el régimen laboral de sus trabajadores debe negociarse por medio de un convenio colectivo, reconociendo el derecho fundamental de los empleadores y obreros municipales. Por otro lado, se exige el cumplimiento justo en la integración de personas con capacidades diferentes que ingresen a la administración en tareas acordes a su aptitud, según la legislación vigente”, Informó la Convencional Constituyente Pamela Idiarte. “De acuerdo a este proceso de Reforma de la Carta Orgánica Municipal, y su posterior puesta en vigencia, hace necesario contemplar un nuevo ordenamiento jurídico que permita contar con una carta magna que contemple figuras y resortes actualmente indispensables, resulta necesario incluir dentro de la norma fundamental el reconocimiento del derecho al Convenio Colectivo de Trabajo por parte de los empleados municipales como un ejercicio fundamental, voluntario, indelegable y vinculante”, consensuado con los trabajadores y sus organizaciones fundamentales”. También, se abordaron temas referentes a la adhesión automática de recomposición salarial de los trabajadores, la periodicidad  de las reuniones de la Junta Evaluadora, entre otros temas.