Inclusión en la página Web para que sean publicados datos de personas menores extraviadas que figuran en el Registro Nacional, nueva Ley N° 25.581

LAS PAGINAS WEB DE ORGANISMOS OFICIALES DEBERAN PUBLICAR NOMINA E IMAGEN DE NIÑOS EXTRAVIADOS

PAGINAS WEB DE ORGANISMOS OFICIALES DEBERAN PUBLICAR NOMINA E IMAGEN DE NIÑOS EXTRAVIADOSEn el marco de la Ley Nacional N° 26.581, sancionada el 2 de diciembre del 2009 por el Congreso Nacional, presentarán un proyecto de ordenanza para los organismos oficiales municipales, destinen un espacio en las paginas Web para que publiquen la nomina e imagen de los menores extraviados. La propuestas que será presentada por Andrea Romero, fue elaborada tomándose como base la Ley N° 26.581, la que además de disponer la inclusión en la pagina Web para que sea publicado los datos de las personas extraviadas que figuran en el Registro nacional de Información de Personas Menores, creados mediante ley N° 25.581, invitan a los municipios y provincias a adoptar igual medida. Las paginas Web es en una fuente de información, de fácil acceso y permite que la Información este disponible desde cualquier punto geográfico; es una herramienta que posibilita brindar información en tiempo real. Cabe recordar que durante el año legislativo 2009, la Concejal Romero, presentó un proyecto referido a la creación de un registro de menores extraviados, el que en su articulo Nº 2 decía que será publicado en los sitios oficiales de internet de la Municipalidad www.madryn.gov.ar; asimismo deberá publicarse en el boletín informativo que distribuye con las facturas de impuestos inmobiliarios e informar a los establecimientos educativos, actualmente el proyecto de ordenanza fue enviado al Departamento Ejecutivo para su evaluación.

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