Se trataría en la próxima sesión del Concejo Deliberante

AVANZA LA NORMATIVA QUE REGULA MATINEE

La Concejal Andrea Romero, autora del proyecto de Ordenanza, se reunió con el Director de Inspecciones, Juan Amigorena

La Concejal Andrea Romero, autora del proyecto de Ordenanza, se reunió con el Director de Inspecciones, Juan Amigorena

La Comisión de gobierno, Cultura e interpretación, trataría el proyecto de ordenanza que regula el funcionamiento del Matinée, para darle tratamiento en el recinto, la próxima sesión. La Concejal Andrea Romero, autora del proyecto de Ordenanza, se reunió con el Director de Inspecciones, Juan Amigorena, para establecer las sanciones, y estarían trabajando en la finalización del proyecto definitivo.

La ordenanza establece que se debe dividir en Matinée de doce a catorce años, los que se podrán realizar únicamente en los establecimientos educativos u otras instituciones intermedias habilitadas para tal fin, de 17 horas hasta las 22.30 horas, los días sábados, domingos y feriados.

Y Matinée para adolescentes de quince a diecisiete años, los que se podrán organizar además de los establecimientos educativos, en locales bailables y otras instituciones intermedias habilitadas para tal fin, de 18 a 23.30 horas, los días sábados, domingos y feriados. Quienes organicen este tipo de eventos, sean personas físicas o jurídicas, en los establecimientos educativos, deberán realizar la solicitud escrita en el Municipio, especificando día, hora, lugar donde se realizará el Matinée, acreditar que el espacio donde se realice cuente con permiso o habilitación comercial sobre seguridad e Higiene; deberán contratar un seguro de responsabilidad civil y los locales bailables que organicen deberán cumplir con lo establecido en la normativa vigente de habilitaciones comerciales, Ordenanza 2011/97.

Medidas de seguridad. En el caso de las escuelas se requerirá la presencia de docentes, padres o personal de seguridad capacitado, debiendo cumplir con lo establecido en la Ley provincial N° 5.251 y deberán contar con certificado de curso de Primeros Auxilios y Técnicas de Prevención. Para el caso de los locales bailables deberán contar con personal de seguridad contratado, registrado y capacitadazo, debiendo también cumplir con la Ley provincial, contar con certificado de Primeros auxilios y técnicas de prevención. Para ambos casos la cantidad de personal de seguridad que se requiera se establecerá de acuerdo al factor de ocupación, la de que estar establecida en la reglamentación que se dicte al respecto. Se deberán coordinar la 4implementación de cursos de capacitación obligatoria en primeros auxilios y técnicas de prevención, por la autoridad de aplicación. Otros puntos destacados de la normativa son: no se podrá realizar competencia, ni juegos de tipo erótico, bikini open, desfiles en hot jeans o similares, a fin de preservar la salud integral de las personas.